20. COMUNICACIONES. RECLAMACIONES Y
SUMISIÓN A ARBITRAJE DE CONSUMO
Orange utilizará como teléfono y/o correo electrónico
de contacto para gestiones del Servicio, aquéllos
facilitados como tales por el Cliente. Si éste (i) no facilita
dichos datos de contacto, (ii) los facilitados no fueran
válidos o (iii) Orange no dispusiera de los mismos por
cualquier motivo, el Cliente autoriza a utilizar como
datos de contacto el número de teléfono móvil y/o el
correo electrónico objeto del Servicio contratado.
El Cliente podrá dirigirse a Orange a través de su
Servicio de Atención al Cliente al número 1470 para
clientes residenciales y 1471 para clientes de empresa,
en el plazo de un mes desde que tenga conocimiento
del hecho que las motive. El Cliente podrá solicitar un
documento acreditativo de la presentación y contenido
de su reclamación, incidencia o gestión, así como un
número de referencia.
Asimismo, el Cliente podrá contactar con Orange
a través del Área de Clientes Mi Orange, a través
de la Comunidad Orange en www.orange.es o
escribiendo a la dirección de correo electrónico:
[email protected] (si es Cliente residencial)
o [email protected] (si es Cliente empresa)
y/o al domicilio social de Orange (Parque Empresarial
La Finca, Paseo del Club Deportivo, 1 Edificio 8, 28223
Pozuelo de Alarcón, Madrid).
Formulada una reclamación por el Cliente contra
Orange, si la misma no hubiera sido resuelta en un
plazo de un mes o, si resuelta, no lo hubiera sido
satisfactoriamente, podrá dirigir su reclamación a las
Juntas Arbitrales de Consumo Autonómicas a las que
Orange esté adherida bajo el distintivo oficial 270 del
Instituto Nacional de Consumo.
En caso de que la reclamación exceda del citado
ámbito de sumisión al sistema de arbitraje de consumo
o que así lo estime conveniente, el Cliente si es persona
física podrá dirigirse, en el plazo de tres meses desde
la respuesta de Orange o la finalización del citado plazo
sin que Orange le haya respondido, a la Secretaría de
Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. El plazo para resolver y notificar la
resolución será de seis meses. Así mismo, si lo prefiere,
el Cliente si es persona física y hubiere contratado
los Servicios a través de nuestras plataformas online,
podrá dirigirse como vía de resolución de conflictos a
la Plataforma Europea de Resolución de Conflictos en
línea a la que puede acceder a través de la siguiente
URL https://webgate.ec.europa.eu/odr o en caso de
estimarlo oportuno y dado que Orange está adherida a
Confianza Online, el cliente podrá dirigir sus controversias
en materia de contratación y publicidad online al
sistema de resolución extrajudicial de controversias de
Confianza Online (www.confianzaonline.es)
21. LEGISLACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO
APLICABLE
La relación contractual establecida entre Orange y el
Cliente se regirá en todo caso por la legislación española
común aplicable en el momento de la prestación del
servicio correspondiente.
©
ORANGE Orange Espagne S.A., sociedad
unipersonal.
ORANGE es una marca registrada del Grupo ORANGE,
al que pertenece Orange Espagne, S.A., sociedad
unipersonal, domiciliada en Parque Empresarial La
Finca, Paseo del Club Deportivo, 1 Edificio 8, 28223
Pozuelo de Alarcón (Madrid), e inscrita en el Registro
Mercantil de Madrid, Tomo 13.183, Folio 129, Hoja
M-213468, C.I.F. A82009812. Enero 2016