Cobrar sin prestar servicio

Escareka

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Caso verídico contado esta semana:

Un contrato Love Esencial, al venir el instalador, dice que no lo puede instalar y que la portabilidad queda anulada...
Ahora llega una factura por 120´00 euros por la baja anticipada... Si no prestaron servicio, ¿realmente pueden hacer algo así?.
 
Pareces sorprendido de cosas de estas ....
Teoría NO, que lo hagan es otra historia.
https://legal.orange.es/documentos/orange/comun/2018/condiciones-generales-comunes-es-20180522.pdf
Código:
Cuota de instalación de los Servicios fijos.
 El Cliente
la abonará en la primera factura que reciba cuando sea
necesario realizar una instalación de los Servicios. Si el
cliente ejerce su derecho de desistimiento y ya se le han
instalado los Servicios, esta cuota le será facturada. No
procederá su cobro si Orange no pudiera prestarle los
Servicios por razones no imputables al Cliente.
Código:
20.   COMUNICACIONES.   RECLAMACIONES   Y   
SUMISIÓN A ARBITRAJE DE CONSUMO
Orange  utilizará  como  teléfono  y/o  correo  electrónico 
de  contacto  para  gestiones  del  Servicio,  aquéllos 
facilitados como tales por el Cliente. Si éste (i) no facilita
dichos  datos  de  contacto,  (ii)  los  facilitados  no  fueran 
válidos o (iii) Orange no dispusiera de los mismos por
cualquier  motivo,  el  Cliente  autoriza  a  utilizar  como 
datos  de  contacto  el  número  de  teléfono  móvil  y/o  el 
correo electrónico objeto del Servicio contratado.
El  Cliente  podrá  dirigirse  a  Orange  a  través  de  su 
Servicio  de  Atención  al  Cliente  al  número  1470  para 
clientes residenciales y 1471 para clientes de empresa,
en el plazo de un mes desde que tenga conocimiento
del hecho que las motive. El Cliente podrá solicitar un
documento acreditativo de la presentación y contenido
de  su  reclamación,  incidencia  o  gestión,  así  como  un 
número de referencia.
Asimismo,  el  Cliente  podrá  contactar  con  Orange 
a  través  del  Área  de  Clientes  Mi  Orange,  a  través 
de   la   Comunidad   Orange   en   www.orange.es   o   
escribiendo   a   la   dirección   de   correo   electrónico:
[email protected] (si es Cliente residencial)
o [email protected] (si es Cliente empresa)
y/o  al  domicilio  social  de  Orange  (Parque  Empresarial 
La Finca, Paseo del Club Deportivo, 1 Edificio 8, 28223
Pozuelo de Alarcón, Madrid).
Formulada   una   reclamación   por   el   Cliente   contra   
Orange,  si  la  misma  no  hubiera  sido  resuelta  en  un 
plazo  de  un  mes  o,  si  resuelta,  no  lo  hubiera  sido 
satisfactoriamente,  podrá  dirigir  su  reclamación  a  las 
Juntas Arbitrales de Consumo Autonómicas a las que
Orange  esté  adherida  bajo  el  distintivo  oficial  270  del 
Instituto Nacional de Consumo.
En  caso  de  que  la  reclamación  exceda  del  citado 
ámbito de sumisión al sistema de arbitraje de consumo
o que así lo estime conveniente, el Cliente si es persona
física podrá dirigirse, en el plazo de tres meses desde
la respuesta de Orange o la finalización del citado plazo
sin que Orange le haya respondido, a la Secretaría de
Estado  de  Telecomunicaciones  y  para  la  Sociedad  de  la  Información.  El  plazo  para  resolver  y  notificar  la 
resolución será de seis meses.  Así mismo, si lo prefiere,
el  Cliente  si  es  persona  física  y  hubiere  contratado 
los  Servicios  a  través  de  nuestras  plataformas  online, 
podrá dirigirse como vía de resolución de conflictos a
la Plataforma Europea de Resolución de Conflictos en
línea  a  la  que  puede  acceder  a  través  de  la  siguiente
URL  https://webgate.ec.europa.eu/odr  o  en  caso  de 
estimarlo oportuno y dado que Orange está adherida a
Confianza Online, el cliente podrá dirigir sus controversias
en  materia  de  contratación  y  publicidad  online  al 
sistema de resolución extrajudicial de controversias de
Confianza Online (www.confianzaonline.es)
21.     LEGISLACIÓN     Y     RÉGIMEN     JURÍDICO     
APLICABLE
La  relación  contractual  establecida  entre  Orange  y  el 
Cliente se regirá en todo caso por la legislación española
común  aplicable  en  el  momento  de  la  prestación  del 
servicio correspondiente.
©
ORANGE   Orange   Espagne   S.A.,   sociedad   
unipersonal.
ORANGE es una marca registrada del Grupo ORANGE,
al  que  pertenece  Orange  Espagne,  S.A.,  sociedad 
unipersonal,  domiciliada  en  Parque  Empresarial  La 
Finca,  Paseo  del  Club  Deportivo,  1  Edificio  8,  28223 
Pozuelo de Alarcón  (Madrid), e inscrita en el Registro
Mercantil  de  Madrid,  Tomo  13.183,  Folio  129,  Hoja 
M-213468, C.I.F. A82009812. Enero 2016
Código:
19. EXTINCIÓN DEL CONTRATO
El  contrato  se  extinguirá  por  las  causas  generales  de 
extinción de los contratos. El Cliente podrá resolver el
Contrato en los siguientes casos:
-
Si por causa imputable a Orange o por razones
técnicas  u  operativas  no  se  ha  provisionado 
el  Servicio  en  el  plazo  comprometido  a  tal 
fin.  En  este  supuesto  no  pagará  gasto  ni 
importe  alguno,  incluida  la  penalización  por 
incumplimiento del compromiso permanencia.
-
Si  por  causa  no  imputable  o  ajena  a  Orange 
no  se  ha  provisionado  el  Servicio  en  el  plazo 
comprometido  a  tal  fin.  En  este  supuesto 
Orange  podrá  reclamar  al  Cliente  los  costes 
de instalación de los dispositivos entregados o
instalados. Tales costes vendrán indicados en
las ofertas comerciales de los Servicios.
-
En  cualquier  momento,  total  o  parcialmente, 
una  vez  provisionado  el  Servicio.  En  este 
supuesto   el   Cliente   abonará   a   Orange,
si   procede,   el   correspondiente   cargo   por   
incumplimiento del de permanencia.
En los casos en los que se haya producido una venta
a  distancia  del  Servicio,  el  Cliente  dispondrá  de  un 
plazo de desistimiento de catorce días naturales. Para
ejercitar  dicho  derecho,  deberá  remitir  su  solicitud  de 
desistimiento.
En    los  casos  de  desistimiento  y  cancelación  de  la 
portabilidad Orange podrá reclamar al Cliente los costes
de instalación de los equipos entregados o instalaciones
realizadas en su domicilio, que sean razonables y en los
que haya incurrido como consecuencia de la petición
de  contratación  por  parte  del  Cliente,  figurando  este 
importe o su determinación en la oferta vigente en cada
momento y en la web de Orange.
Orange  podrá  resolver  el  contrato  e  interrumpir  el 
Servicio  en  los  supuestos  previstos  en  estas  CG 
y,  en  especial,  por  causa  de  retraso  en  el  pago,  por 
incumplimiento  grave  del  Cliente  de  las  obligaciones 
que se derivan de las presentes CG -incluido el mal uso
o uso abusivo que pudiera realizar del Servicio- o por
acciones que tengan la finalidad de perturbar, molestar
o perjudicar las redes, servicios o imagen de Orange o
de terceros.
La  resolución  del  contrato  no  exonerará  al  Cliente 
de  hacer  frente  al  cumplimiento  de  todas  y  cada  una 
de  las  obligaciones  que  se  deriven  de  la  utilización 
del  Servicio  contratado  hasta  el  momento  en  que  se 
produzca  la  efectiva  resolución  del  mismo,  incluida  la 
de pago del Servicio, de los costes en los que hubiese
incurrido  Orange  para  provisionar  o  activar  el  servicio
y de los compromisos de permanencia.
Si  el  Cliente  resuelve  el  Servicio  antes  de  cumplirse 
el plazo de activación del mismo por causas ajenas a
Orange,  abonará  a  Orange  el  correspondiente  cargo 
por  incumplimiento  del  compromiso  de  permanencia 
que hubiera adquirido (salvo que la resolución estuviera
amparada  en  un  derecho  de  desistimiento  o  solicitud 
de  cancelación  de  la  portabilidad),  así  como  cuantos 
otros estuviesen recogidos en la oferta vigente en cada
momento.
Para resolver el contrato el Cliente deberá comunicárselo
a Orange con una antelación mínima de dos días hábiles
a la fecha en la que la baja tenga que ser efectiva.
Esta   comunicación   podrá   ser   bien   por   teléfono,   
llamando a los números que se indican en la cláusula
20;  donde  se  le  facilitará  un  número  de  referencia 
de  su  baja    o  por  escrito  enviando  una  fotocopia 
de    su    Documento    de    Identidad    e    indicando,   
número/s   de   teléfono   del   cual   solicita   la   baja,   
motivo  de  la  baja,  número  de  referencia  y  su  firma.
Dicho  escrito  lo  puede  enviar  por  correo  electrónico
Código:
© ORANGE Orange Espagne S.A., sociedad unipersonal. ORANGE es una marca registradas del Grupo Orange al que pertenece Orange Espagne S.A., sociedad unipersonal, domiciliada en Parque Empresarial
La Finca, Paseo del Club Deportivo, 1 Edificio 8, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 13.183, Folio 129, Hoja M-213468, C.I.F. A82009812.
El  Cliente  podrá  abonar  la  cantidad  impagada  y  los 
gastos  con  cargo  a  tarjetas  de  crédito  o  débito,  por 
transferencia bancaria o por cualquier otro medio que
Orange  ofrezca  y  el  Cliente  acepte.  Orange,  podrá 
cobrar de forma inmediata la cantidad impagada y los
gastos  con  cargo  a  tarjetas  de  crédito  o  débito  que 
hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto o con
cargo a los depósitos necesarios, voluntarios o demás
garantías prestadas por el mismo. Igualmente, Orange
podrá ceder total o parcialmente el cobro de facturas
impagadas  a  entidades  de  recobro  y/o  ceder  total  o 
parcialmente el crédito a terceros
Así que ya puede conservar todo lo que vaya obteniendo, y mucho cuidado con esto último, y además si no quiere que le comiencen con las llamadas de amenazas, estafa, fraude, extorsión de las mal llamadas empresas de recobros que haga que Orange le devuelva el dinero, con intereses y todo lo que se le ocurra.

Supongo que el instalador dejó notificación de que no podía realizar la instalación y su motivo, porque como se largara sin más ......
 
Pareces sorprendido de cosas de estas ....
Teoría NO, que lo hagan es otra historia.
https://legal.orange.es/documentos/orange/comun/2018/condiciones-generales-comunes-es-20180522.pdf
Código:
Cuota de instalación de los Servicios fijos.
El Cliente
la abonará en la primera factura que reciba cuando sea
necesario realizar una instalación de los Servicios. Si el
cliente ejerce su derecho de desistimiento y ya se le han
instalado los Servicios, esta cuota le será facturada. No
procederá su cobro si Orange no pudiera prestarle los
Servicios por razones no imputables al Cliente.
Código:
20.   COMUNICACIONES.   RECLAMACIONES   Y  
SUMISIÓN A ARBITRAJE DE CONSUMO
Orange  utilizará  como  teléfono  y/o  correo  electrónico
de  contacto  para  gestiones  del  Servicio,  aquéllos
facilitados como tales por el Cliente. Si éste (i) no facilita
dichos  datos  de  contacto,  (ii)  los  facilitados  no  fueran
válidos o (iii) Orange no dispusiera de los mismos por
cualquier  motivo,  el  Cliente  autoriza  a  utilizar  como
datos  de  contacto  el  número  de  teléfono  móvil  y/o  el
correo electrónico objeto del Servicio contratado.
El  Cliente  podrá  dirigirse  a  Orange  a  través  de  su
Servicio  de  Atención  al  Cliente  al  número  1470  para
clientes residenciales y 1471 para clientes de empresa,
en el plazo de un mes desde que tenga conocimiento
del hecho que las motive. El Cliente podrá solicitar un
documento acreditativo de la presentación y contenido
de  su  reclamación,  incidencia  o  gestión,  así  como  un
número de referencia.
Asimismo,  el  Cliente  podrá  contactar  con  Orange
a  través  del  Área  de  Clientes  Mi  Orange,  a  través
de   la   Comunidad   Orange   en   www.orange.es   o  
escribiendo   a   la   dirección   de   correo   electrónico:
[email protected] (si es Cliente residencial)
o [email protected] (si es Cliente empresa)
y/o  al  domicilio  social  de  Orange  (Parque  Empresarial
La Finca, Paseo del Club Deportivo, 1 Edificio 8, 28223
Pozuelo de Alarcón, Madrid).
Formulada   una   reclamación   por   el   Cliente   contra  
Orange,  si  la  misma  no  hubiera  sido  resuelta  en  un
plazo  de  un  mes  o,  si  resuelta,  no  lo  hubiera  sido
satisfactoriamente,  podrá  dirigir  su  reclamación  a  las
Juntas Arbitrales de Consumo Autonómicas a las que
Orange  esté  adherida  bajo  el  distintivo  oficial  270  del
Instituto Nacional de Consumo.
En  caso  de  que  la  reclamación  exceda  del  citado
ámbito de sumisión al sistema de arbitraje de consumo
o que así lo estime conveniente, el Cliente si es persona
física podrá dirigirse, en el plazo de tres meses desde
la respuesta de Orange o la finalización del citado plazo
sin que Orange le haya respondido, a la Secretaría de
Estado  de  Telecomunicaciones  y  para  la  Sociedad  de  la  Información.  El  plazo  para  resolver  y  notificar  la
resolución será de seis meses.  Así mismo, si lo prefiere,
el  Cliente  si  es  persona  física  y  hubiere  contratado
los  Servicios  a  través  de  nuestras  plataformas  online,
podrá dirigirse como vía de resolución de conflictos a
la Plataforma Europea de Resolución de Conflictos en
línea  a  la  que  puede  acceder  a  través  de  la  siguiente
URL  https://webgate.ec.europa.eu/odr  o  en  caso  de
estimarlo oportuno y dado que Orange está adherida a
Confianza Online, el cliente podrá dirigir sus controversias
en  materia  de  contratación  y  publicidad  online  al
sistema de resolución extrajudicial de controversias de
Confianza Online (www.confianzaonline.es)
21.     LEGISLACIÓN     Y     RÉGIMEN     JURÍDICO    
APLICABLE
La  relación  contractual  establecida  entre  Orange  y  el
Cliente se regirá en todo caso por la legislación española
común  aplicable  en  el  momento  de  la  prestación  del
servicio correspondiente.
©
ORANGE   Orange   Espagne   S.A.,   sociedad  
unipersonal.
ORANGE es una marca registrada del Grupo ORANGE,
al  que  pertenece  Orange  Espagne,  S.A.,  sociedad
unipersonal,  domiciliada  en  Parque  Empresarial  La
Finca,  Paseo  del  Club  Deportivo,  1  Edificio  8,  28223
Pozuelo de Alarcón  (Madrid), e inscrita en el Registro
Mercantil  de  Madrid,  Tomo  13.183,  Folio  129,  Hoja
M-213468, C.I.F. A82009812. Enero 2016
Código:
19. EXTINCIÓN DEL CONTRATO
El  contrato  se  extinguirá  por  las  causas  generales  de
extinción de los contratos. El Cliente podrá resolver el
Contrato en los siguientes casos:
-
Si por causa imputable a Orange o por razones
técnicas  u  operativas  no  se  ha  provisionado
el  Servicio  en  el  plazo  comprometido  a  tal
fin.  En  este  supuesto  no  pagará  gasto  ni
importe  alguno,  incluida  la  penalización  por
incumplimiento del compromiso permanencia.
-
Si  por  causa  no  imputable  o  ajena  a  Orange
no  se  ha  provisionado  el  Servicio  en  el  plazo
comprometido  a  tal  fin.  En  este  supuesto
Orange  podrá  reclamar  al  Cliente  los  costes
de instalación de los dispositivos entregados o
instalados. Tales costes vendrán indicados en
las ofertas comerciales de los Servicios.
-
En  cualquier  momento,  total  o  parcialmente,
una  vez  provisionado  el  Servicio.  En  este
supuesto   el   Cliente   abonará   a   Orange,
si   procede,   el   correspondiente   cargo   por  
incumplimiento del de permanencia.
En los casos en los que se haya producido una venta
a  distancia  del  Servicio,  el  Cliente  dispondrá  de  un
plazo de desistimiento de catorce días naturales. Para
ejercitar  dicho  derecho,  deberá  remitir  su  solicitud  de
desistimiento.
En    los  casos  de  desistimiento  y  cancelación  de  la
portabilidad Orange podrá reclamar al Cliente los costes
de instalación de los equipos entregados o instalaciones
realizadas en su domicilio, que sean razonables y en los
que haya incurrido como consecuencia de la petición
de  contratación  por  parte  del  Cliente,  figurando  este
importe o su determinación en la oferta vigente en cada
momento y en la web de Orange.
Orange  podrá  resolver  el  contrato  e  interrumpir  el
Servicio  en  los  supuestos  previstos  en  estas  CG
y,  en  especial,  por  causa  de  retraso  en  el  pago,  por
incumplimiento  grave  del  Cliente  de  las  obligaciones
que se derivan de las presentes CG -incluido el mal uso
o uso abusivo que pudiera realizar del Servicio- o por
acciones que tengan la finalidad de perturbar, molestar
o perjudicar las redes, servicios o imagen de Orange o
de terceros.
La  resolución  del  contrato  no  exonerará  al  Cliente
de  hacer  frente  al  cumplimiento  de  todas  y  cada  una
de  las  obligaciones  que  se  deriven  de  la  utilización
del  Servicio  contratado  hasta  el  momento  en  que  se
produzca  la  efectiva  resolución  del  mismo,  incluida  la
de pago del Servicio, de los costes en los que hubiese
incurrido  Orange  para  provisionar  o  activar  el  servicio
y de los compromisos de permanencia.
Si  el  Cliente  resuelve  el  Servicio  antes  de  cumplirse
el plazo de activación del mismo por causas ajenas a
Orange,  abonará  a  Orange  el  correspondiente  cargo
por  incumplimiento  del  compromiso  de  permanencia
que hubiera adquirido (salvo que la resolución estuviera
amparada  en  un  derecho  de  desistimiento  o  solicitud
de  cancelación  de  la  portabilidad),  así  como  cuantos
otros estuviesen recogidos en la oferta vigente en cada
momento.
Para resolver el contrato el Cliente deberá comunicárselo
a Orange con una antelación mínima de dos días hábiles
a la fecha en la que la baja tenga que ser efectiva.
Esta   comunicación   podrá   ser   bien   por   teléfono,  
llamando a los números que se indican en la cláusula
20;  donde  se  le  facilitará  un  número  de  referencia
de  su  baja    o  por  escrito  enviando  una  fotocopia
de    su    Documento    de    Identidad    e    indicando,  
número/s   de   teléfono   del   cual   solicita   la   baja,  
motivo  de  la  baja,  número  de  referencia  y  su  firma.
Dicho  escrito  lo  puede  enviar  por  correo  electrónico
Código:
© ORANGE Orange Espagne S.A., sociedad unipersonal. ORANGE es una marca registradas del Grupo Orange al que pertenece Orange Espagne S.A., sociedad unipersonal, domiciliada en Parque Empresarial
La Finca, Paseo del Club Deportivo, 1 Edificio 8, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 13.183, Folio 129, Hoja M-213468, C.I.F. A82009812.
El  Cliente  podrá  abonar  la  cantidad  impagada  y  los
gastos  con  cargo  a  tarjetas  de  crédito  o  débito,  por
transferencia bancaria o por cualquier otro medio que
Orange  ofrezca  y  el  Cliente  acepte.  Orange,  podrá
cobrar de forma inmediata la cantidad impagada y los
gastos  con  cargo  a  tarjetas  de  crédito  o  débito  que
hubieran sido facilitadas por el Cliente a tal efecto o con
cargo a los depósitos necesarios, voluntarios o demás
garantías prestadas por el mismo. Igualmente, Orange
podrá ceder total o parcialmente el cobro de facturas
impagadas  a  entidades  de  recobro  y/o  ceder  total  o
parcialmente el crédito a terceros
Así que ya puede conservar todo lo que vaya obteniendo, y mucho cuidado con esto último, y además si no quiere que le comiencen con las llamadas de amenazas, estafa, fraude, extorsión de las mal llamadas empresas de recobros que haga que Orange le devuelva el dinero, con intereses y todo lo que se le ocurra.

Supongo que el instalador dejó notificación de que no podía realizar la instalación y su motivo, porque como se largara sin más ......
Pues gracias por toda la información. Desde luego lo que tiene que hacer es reclamar. Porque incluso me dijo que el instalador no se quedó ni 10 minutos (le preguntaré si dejó constancia de la imposibilidad de instalar, como comentas).
Es la primera vez que oigo que alguien pretende ejecutar un cobro sin haber realizado servicios.
 
Pues gracias por toda la información. Desde luego lo que tiene que hacer es reclamar. Porque incluso me dijo que el instalador no se quedó ni 10 minutos (le preguntaré si dejó constancia de la imposibilidad de instalar, como comentas).
Es la primera vez que oigo que alguien pretende ejecutar un cobro sin haber realizado servicios.
Pues ha sido siempre bastante habitual con las empresas de Telecomunicaciones .......y no es nada nuevo.
 

Del blog

¿Ha terminado la locura de añadir tantas cámaras a los móviles?

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