dinsal
VIP
- Mensajes
- 1.167
- Puntos
- 2.397
Como lo leéis: Un juzgado de San Sebastián ha condenado a Orange a indemnizar con casi 20.000 € a una clienta por no mantenerle el contrato de 4 líneas de teléfono móvil que contrató con la citada compañía allá por 2007, acogiéndose a una oferta que le ofreció un descuento del 50 % para según le dijeron "toda la vida".
Según ha informado en un comunicado la Unión de Consumidores de Euskadi (UCE-EHKB), el Juzgado de Primera Instancia nº4 de San Sebastián ha confirmado así, en una reciente sentencia, el laudo que emitió en su día la Junta Arbitral de Consumo del País Vasco que, en febrero de hace dos años, dictaminó que el contrato suscrito por esa usuaria debía mantenerse vigente.
Al no cumplir Orange España dicha resolución, la mujer de Zarautz recurrió a la UCE, donde su servicio jurídico reclamó en su nombre ante los tribunales ordinarios la ejecución del laudo arbitral.
Debido a que la compañía telefónica argumentó que no podía aplicarle la oferta con la que había contratado esas cuatro líneas porque dicha tarifa no estaba ya vigente, la UCE solicitó una indemnización por la cuantía equivalente al valor del beneficio que hubiera obtenido, calculado en base a una esperanza de vida de 85 años.
Las mismas fuentes han precisado que la sentencia del juzgado donostiarra, (que es recurrible), se limita a ejecutar el laudo arbitral, que no fue recurrido y no entra a evaluar las cuestiones de fondo del litigio.
La indemnización ha quedado fijada en la cantidad de 19.909,50 euros. Lo que sienta un referente judicial muy importante para los clientes insatisfechos.
¿Alguna vez os ha ocurrido algo parecido al caso de la clienta de Zarautz?.
Según ha informado en un comunicado la Unión de Consumidores de Euskadi (UCE-EHKB), el Juzgado de Primera Instancia nº4 de San Sebastián ha confirmado así, en una reciente sentencia, el laudo que emitió en su día la Junta Arbitral de Consumo del País Vasco que, en febrero de hace dos años, dictaminó que el contrato suscrito por esa usuaria debía mantenerse vigente.
Al no cumplir Orange España dicha resolución, la mujer de Zarautz recurrió a la UCE, donde su servicio jurídico reclamó en su nombre ante los tribunales ordinarios la ejecución del laudo arbitral.
Debido a que la compañía telefónica argumentó que no podía aplicarle la oferta con la que había contratado esas cuatro líneas porque dicha tarifa no estaba ya vigente, la UCE solicitó una indemnización por la cuantía equivalente al valor del beneficio que hubiera obtenido, calculado en base a una esperanza de vida de 85 años.
Las mismas fuentes han precisado que la sentencia del juzgado donostiarra, (que es recurrible), se limita a ejecutar el laudo arbitral, que no fue recurrido y no entra a evaluar las cuestiones de fondo del litigio.
La indemnización ha quedado fijada en la cantidad de 19.909,50 euros. Lo que sienta un referente judicial muy importante para los clientes insatisfechos.
¿Alguna vez os ha ocurrido algo parecido al caso de la clienta de Zarautz?.