Me parece que vía agencia lenta es más difícil que lo paren que por EMS.
Y también es un envío más barato.
Pero ya sabéis que tardan entre 2 y 4 semanas, y en Navidad pueden tardar hasta 2 meses en llegar! (la Navidad pasada fue un caos en este sentido por las nevadas en aeropuertos alemanes, que es dónde suelen hacer escala los aviones).
Ejemplo de envío que llega bien, con normalidad, rápido y sin tasas:
[Imagen Externa Rota]:Enlace eliminado
Paquete retenido por el que harán pagar impuestos:
[Imagen Externa Rota]:Enlace eliminado
Cuando te llega este "aviso" a casa debes rellenarlo y firmarlo, y normalmente te hacen adjuntar la factura de compra y/o justificante de pago (si no, la llamada "Declaración Jurada de Valor", en la que debes hacer constar el valor real de la compra).
Y enviar esta docu escaneada o por fax.
Si cuando reciben esta documentación, la
Aduana la da por buena, entonces te mandan un mail con el el presup. de gestión y el número de cta. bancaria para abonar la cantidad (como requisito previo a la liberación del paquete).
Una vez pagado, recibes el paquete en casa como cualquier correo certificado, sin más.
MAS INFO
NOTAS:
- desde la web puedes pedir que te avancen el aviso por mail, para agilizar el trámite.
- Gracias al forero @
Hiute , me puse en contacto con un abogado muy amable y que me ha asesorado de una forma totalmente desinteresada:
http://www.abogadoamigo.com/
Os marco en azul sus palabras textuales.
El paquete tiene un "valor declarado" que puede coincidir o no con el valor real que nosotros pagamos al chino.
Existen medios para presentar documentos falsos o falseados donde conste un valor inferior al real. Esto se suele hacer para minimizar el pago de tasas (ya que el IVA es un porcentaje).. y para que el valor declarado en el paquete sea = al valor de la factura del chino, del justif. de pago y/o de la "declaración jurada de valor".
Pero debéis saber que os exponéis a unos riesgos: [FONT=&] la posibilidad de que continúen la investigación para determinar la veracidad de los datos aportados[/FONT] ([FONT=&]no quiere decir que lo hagan siempre sino que pueden hacerlo)[/FONT]
Aduanas, como la agencia tributaria en general el “impulso del expediente” depende de quién lo tramita. Si por un casual le llama la atención pide más documentación. También depende del exportador. Si al vendedor le han localizado envíos con facturas simuladas, al introducir sus datos aparecen advertencia y piden más documentos.
Los agentes de Aduanas, como agentes de la autoridad que son pueden comprobar perfectamente la falsificación del documento que justifique el pago. Tramitando exhorto a la entidad financiera (Paypal o el banco) para que identifique la cuantía y destinatario de la transacción que el destinatario ha identificado como “pago”. En ese caso la entidad financiera le comunicaría los datos reales y en consecuencia habrían probado su “falsificación”.
Los operadores financieros tienen la obligación de colaboración con la agencia tributaria en la investigación de delitos y esa obligación viene REFORZADA en el caso de las transacciones al exterior por la ley de 4 de julio de 2003.
La confidencialidad de datos NUNCA protege frente a los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tienen atribuidas. Ya sea directamente, ya sea con mandato judicial la administración puede saberlo TODO.